JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE RECLAME LA APLICACIÓN IMPLÍCITA DE ARTÍCULOS RESPECTO DE LOS CUALES LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EMITIÓ DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD, DEBE PREVENIRSE AL QUEJOSO PARA QUE MANIFIESTE SI DESEA CONTINUAR CON SU SUSTANCIACIÓN O QUE SE REENCAUSE LA VÍA A LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO CORRESPONDIENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió juicio de amparo indirecto en el que reclamó el oficio mediante el cual la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) le negó un permiso o autorización para el consumo personal de cannabis. El Juez de Distrito desechó de plano la demanda, al estimar que el juicio es improcedente en términos del artículo 61, fracción XX, de la Ley de Amparo, porque la parte quejosa no observó el principio de definitividad; además, consideró que no se actualizaban las excepciones previstas en el párrafo segundo de la fracción referida, ya que en la deman...
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