EMBARGO MERCANTIL. EL JUEZ DE INSTANCIA PUEDE REVISARLO DE OFICIO, NO OBSTANTE QUE EL PROCESO SE RIJA PREPONDERADAMENTE POR EL PRINCIPIO DISPOSITIVO.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron conclusiones opuestas al resolver sendos amparos en revisión civil, cuya materia consistió en el embargo trabado en el salario de trabajadores del Estado en juicios ejecutivos mercantiles, pues mientras dos tribunales consideraron que el embargo puede ser revisado de oficio por el Juez de instancia, ya que para ello no incide el principio dispositivo que rige el proceso mercantil, el otro tribunal estimó que, en atención al citado principio, no es legalmente factible realizar la revisión oficiosa del embargo. Criterio jurí...
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