COSTAS. PARA CUANTIFICARLAS EN JUICIOS DEL ORDEN CIVIL QUE NO CONCLUYAN CON SENTENCIA ABSOLUTORIA O CONDENATORIA, SINO CON RESOLUCIÓN QUE DECRETA LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA U HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, DEBE ATENDERSE A LAS REGLAS ESTABLECIDAS PARA ASUNTOS DE CUANTÍA INDETERMINADA (LEGISLACIÓN PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA).
Texto de la tesis
Hechos: En juicios del orden civil en los que se emitió resolución que dio por concluido el juicio sin dictar sentencia de fondo (en uno se tuvo por desistido de la acción al actor y en el otro se decretó la caducidad de la instancia) y se condenó al pago de costas a los promoventes, un Tribunal Colegiado de Circuito consideró que para cuantificar las costas debía atenderse a las reglas previstas para asuntos de cuantía determinada, en tanto que el otro Tribunal estimó que eran aplicables las relativas a asuntos de cuantía indeterminada. Criterio Jurídico: Para efectos de la cuantificación de...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.