IUSera
Registro digital 2026482 · Tesis aislada · 11a. Época · I.3o.C.58 C (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

TERMINACIÓN O DISOLUCIÓN DE LA COPROPIEDAD DEL INMUEBLE QUE CONSTITUYÓ EL DOMICILIO CONYUGAL ADQUIRIDO DURANTE EL MATRIMONIO CELEBRADO BAJO EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. ES UNA ACCIÓN QUE DEBE RESOLVER EL JUEZ FAMILIAR QUE CONOCE DEL DIVORCIO, CUANDO SE ALEGUE VIOLENCIA ECONÓMICA.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de divorcio sin causa se presentó un incidente para disolver la copropiedad del inmueble donde se ubicó el domicilio conyugal, el cual se desechó por considerar que al haberse contraído nupcias bajo el régimen de separación de bienes, su terminación o disolución debe ser del conocimiento de un Juez civil, y no como una consecuencia inherente a la disolución del vínculo matrimonial. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que aun cuando el bien inmueble en copropiedad hubiera sido adquirido durante el matrimonio celebrado bajo el régimen de separaci...

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