IUSera
Registro digital 2026447 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.L.CS. J/15 L (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIA DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

COMPETENCIA LABORAL POR RAZÓN DE FUERO, CUANDO SE DEMANDA A EMPRESAS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJEROS Y SUS AUXILIARES, A TRAVÉS DE UN PERMISO EXPEDIDO EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO POR LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD LABORAL FEDERAL.

Laboral y Seguridad Social Transporte y Comunicaciones Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones diversas al resolver asuntos sometidos a su jurisdicción, en relación a la competencia laboral que se surte cuando el demandado es una persona moral que presta el servicio de autotransporte federal de pasajeros o una auxiliar de este tipo de empresas, con permiso expedido por la autoridad federal para operar como tal, en términos del artículo 527, fracción II, inciso 2, de la Ley Federal del Trabajo; sosteniendo el primero de ellos, que esa competencia recae en la autoridad laboral federal, de acuerdo con lo pr...

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