IUSera
Registro digital 2026418 · Tesis aislada · 11a. Época · I.10o.A.22 A (11a.) · DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS. LA REGLA 3.10.10. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021, AL PREVER QUE DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN INFORMATIVA PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA, ASÍ COMO EL USO Y DESTINO DE LOS DONATIVOS Y ACTIVIDADES DESTINADAS A INFLUIR EN LA LEGISLACIÓN, AUN CUANDO NO LOS HAYAN RECIBIDO, VIOLA LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.

Constitucional y Amparo Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El Servicio de Administración Tributaria (SAT) impuso multa a una asociación civil autorizada para recibir donativos por incumplir con la declaración informativa prevista en el artículo 82, párrafo primero, fracción VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con la regla 3.10.10. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 29 de diciembre de 2020. La Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció su validez, por lo que aquélla promovió juicio de amparo directo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de...

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