COSA JUZGADA EN MATERIA LABORAL. AL ACTUALIZARSE ES INNECESARIO QUE LA AUTORIDAD ANALICE SI CON LAS PRUEBAS OFRECIDAS SE ACREDITÓ EL RECLAMO DE LAS PRESTACIONES DEMANDADAS, CUANDO EN UN JUICIO PREVIO SE ABSOLVIÓ DE SU PAGO PORQUE EL ACTOR NO DEMOSTRÓ SU EXISTENCIA Y EL DERECHO A PERCIBIRLAS, SIN QUE LO HUBIERA IMPUGNADO.
Texto de la tesis
Hechos: Un servidor público de un Ayuntamiento del Estado de Jalisco demandó de la entidad pública para la cual prestó sus servicios, entre otras prestaciones, el pago de un estímulo y quinquenios por todo el tiempo laborado; en el laudo se declaró improcedente su pago porque en un juicio anterior en que también se demandaron se absolvió al considerar que se trataba de prestaciones extralegales de las cuales el actor no demostró su existencia y el derecho a percibirlas, sin que se impugnara esa determinación, por lo que se estimó que constituía cosa juzgada; decisión que se tomó sin entrar al...
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