SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE SOLICITA CONTRA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DECRETADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN FAVOR DE MENORES DE EDAD VÍCTIMAS DEL DELITO, AL RESOLVER SOBRE SU OTORGAMIENTO EL JUZGADOR DEBE SER PROACTIVO Y PROCURAR SU SALVAGUARDA, AUN CUANDO TENGA QUE FLEXIBILIZAR PRINCIPIOS Y NORMAS PROCESALES, EN ATENCIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA INFANCIA.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa promovió juicio de amparo indirecto contra la emisión y ejecución de medidas de protección decretadas por el Ministerio Público en favor de sus hijas menores de edad (víctimas del delito) de quienes ignora su paradero; medidas las cuales adujo desconocer su contenido y alcances, en virtud de que le fue negado el acceso a la carpeta de investigación, y solicitó la suspensión provisional para el efecto de que esas medidas no sean incompatibles con la ley y no se omitan actos que lleven a la localización de las niñas. El Juez de Distrito negó la suspensión al estimar actualizad...
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