REFUGIADO. EL RECONOCIMIENTO DE ESA CONDICIÓN NO ESTÁ SUJETO A QUE EL EXTRANJERO CUENTE CON UNA SOLA NACIONALIDAD, SINO QUE BASTA QUE ACREDITE EL ENTORNO DE INSEGURIDAD O VIOLENCIA O LA VIOLACIÓN MASIVA DE DERECHOS HUMANOS U OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE PERTURBEN GRAVEMENTE EL ORDEN PÚBLICO DEL PAÍS DE ORIGEN.
Texto de la tesis
Hechos: Un extranjero promovió juicio contencioso administrativo federal en contra de la resolución emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) de la Secretaría de Gobernación, mediante la cual no le reconoció la condición de refugiado, al considerar que tiene dos nacionalidades y que si bien demostró que en el país que residía (Venezuela) existe una violación masiva de derechos humanos, lo cierto es que no acreditó que en el de origen (Chile) tenga un riesgo personal o que sea objeto de amenazas en contra de su vida, seguridad o libertad que demuestren la imposibilidad para...
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