IUSera
Registro digital 2026217 · Jurisprudencia · 11a. Época · VI.1o.T. J/2 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO.

PERSONALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LA PREVENCIÓN A QUIEN PROMUEVE LA DEMANDA OSTENTÁNDOSE COMO APODERADO DEL ACTOR EN EL JUICIO LABORAL PARA QUE LA ACREDITE, NO OBSTANTE QUE EXHIBIÓ COPIA SIMPLE DEL ACUERDO DONDE SE LE RECONOCIÓ TAL CARÁCTER POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, ES ILEGAL.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto el Juez de Distrito requirió a quien se ostentó como apoderado del actor en el juicio laboral para que acreditara su personalidad, no obstante que exhibió copia simple del acuerdo donde la autoridad responsable le reconoció tal carácter. Contra esa determinación aquél interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que la determinación por la que el Juez de Distrito previene a quien promueve la demanda de amparo indirecto ostentándose como apoderado del actor en el juicio laboral para que acredite su personal...

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