JURISPRUDENCIA EMITIDA POR LOS EXTINTOS PLENOS DE CIRCUITO. CONSERVA SU VIGENCIA Y ES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA EN LOS CIRCUITOS RESPECTIVOS, EN TANTO NO SEA SUPERADA CONFORME AL SISTEMA ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 215 Y 216 DE LA LEY DE AMPARO.
Texto de la tesis
Hechos: En un conflicto competencial suscitado entre dos Tribunales Colegiados del mismo Circuito, con especialidad diversa, en un momento intermedio del conflicto, el extinto Pleno de Circuito, con competencia mixta, emitió una jurisprudencia que resolvió el fondo de la cuestión competencial. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en Monterrey, Nuevo León, determina que la jurisprudencia emitida por los extintos Plenos de Circuito sigue vigente y es de observancia obligatoria en los Circuitos correspondientes, en tanto esos criteri...
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