PENSIÓN POR INVALIDEZ DE LOS TRABAJADORES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (STC). SU OTORGAMIENTO Y PAGO CORRESPONDEN AL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE).
Texto de la tesis
Hechos: Una trabajadora del Sistema de Transporte Colectivo (STC) demandó de éste el otorgamiento de una pensión por invalidez y diversas prestaciones inherentes a dicha acción, con base en un convenio que dicho demandado celebró con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) el 16 de marzo de 1970; a petición del demandado, se llamó como tercero interesado al instituto mencionado, por considerar que era el responsable de otorgar las prestaciones reclamadas; la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que conoció del asunto resolvió que, de conformida...
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