ACTA DE NACIMIENTO PROVISIONAL. SU EXPEDICIÓN CON MOTIVO DE LA CONCESIÓN DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO, NO IMPLICA PROVEER DE EFECTOS CONSTITUTIVOS DE DERECHOS NO EXISTENTES HASTA ANTES DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO, EN VIRTUD DE QUE LOS DERECHOS A LA PERSONALIDAD JURÍDICA, AL NOMBRE, FILIACIÓN, IDENTIDAD Y NACIONALIDAD SON INHERENTES AL MENOR DE EDAD (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
Texto de la tesis
Hechos: En el juicio de amparo se negó la suspensión del acto reclamado, consistente en la negativa de la autoridad del Registro Civil, para registrar el nacimiento de una persona menor de edad en el contexto de una familia homoparental, toda vez que el Juez de Distrito consideró que la ausencia de regulación para el reconocimiento de la filiación de un menor de edad, de conformidad con el derecho reconocido en los artículos 162 y 293 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, provocaría que de concederse la suspensión, se restituiría a la parte agraviada en...
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