TESTIGO PRESENCIAL DE UN HECHO CONSTITUTIVO DE DELITO. PROCEDE DESAHOGAR EN JUICIO SU DECLARACIÓN, AUN CUANDO SE LE PUDIERA ATRIBUIR RESPONSABILIDAD PENAL POR SU INTERVENCIÓN, SIEMPRE QUE EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO PROTEJA EN TODO MOMENTO SU DERECHO A LA NO AUTOINCRIMINACIÓN Y CALIFIQUE PREVIAMENTE LAS PREGUNTAS QUE LE FORMULEN LAS PARTES, EN USO DE SU FACULTAD DE DIRECCIÓN DEL PROCESO.
Texto de la tesis
Hechos: La Fiscalía ofreció como medio de prueba los testimonios de personas que presenciaron un hecho constitutivo de delito, los cuales fueron admitidos por el Juez de Control en el auto de apertura a juicio oral; esos testigos comparecieron a la audiencia y se les tomó la protesta de ley; sin embargo, su testimonio no fue desahogado, en virtud de que la defensa del acusado solicitó que en términos de los artículos 360 y 361 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se les hiciera saber el derecho que tenían de abstenerse de declarar, pues de los antecedentes de la investigación se desp...
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