SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO EN MATERIA LABORAL. PARA CALCULAR EL MONTO QUE GARANTICE LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR Y EL PAGO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS, AL DECIDIR SOBRE SU CONCESIÓN PROCEDE ANALIZAR LA VEROSIMILITUD DEL SALARIO, SIN PREJUZGAR EL DETERMINADO EN EL LAUDO, CUANDO NO SEA ACORDE CON EL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio ordinario laboral se condenó a la reinstalación del trabajador y al pago de prestaciones a razón del salario diario acreditado en autos. La demandada promovió juicio de amparo directo y solicitó la suspensión del acto reclamado, argumentando que el emolumento resultaba inverosímil. Se negó tal medida cautelar respecto de la reinstalación, concediéndola por el resto de la condena, fijando el monto correspondiente por la subsistencia y los daños y perjuicios que pudieran generarse al tercero interesado, con base en ese salario; contra lo cual se interpuso recurso de queja. C...
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