IUSera
Registro digital 2026075 · Tesis aislada · 11a. Época · I.3o.C.9 K (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PROMOCIONES PRESENTADAS ELECTRÓNICAMENTE EN EL JUICIO DE AMPARO. PARA DETERMINAR SU OPORTUNIDAD EN EL DESAHOGO DE UNA PREVENCIÓN, DEBE TENERSE EN CUENTA LA ZONA GEOGRÁFICA DE LOCALIZACIÓN DONDE SE HAGA LA CONVERSIÓN DEL TIEMPO UNIVERSAL COORDINADO (UTC), QUE APARECE EN LA EVIDENCIA CRIPTOGRÁFICA GENERADA EN EL PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un quejoso interpuso recurso de queja contra el auto que tuvo por no presentada su demanda de amparo; decisión sustentada en la afirmación de que conforme al sello fechador estampado por el Juzgado de Distrito, la promoción presentada electrónicamente con la que se pretendió desahogar la prevención, fue extemporánea. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la promoción con la que se desahogó una prevención, presentada electrónicamente, es oportuna, si se toma en cuenta la zona geográfica de localización donde se haga la conversión del tiempo universal coord...

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