IUSera
Registro digital 2026070 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.2 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

PLAZOS PROCESALES. AL REALIZAR SU CÓMPUTO DEBEN EXCLUIRSE LOS DÍAS EN QUE LA AUTORIDAD JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO LABORÓ A PUERTA CERRADA, CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19).

Salud Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En diversos asuntos se realizó el cómputo del plazo en el que se debió efectuar determinado acto procesal; en algunos casos, la autoridad judicial tomó en cuenta como hábiles, los días en los cuales el órgano jurisdiccional laboró a puerta cerrada; en tanto que en otros esos días se estimaron inhábiles. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para efectos de computar los plazos en los que debe efectuarse determinado acto procesal o promover una demanda de amparo, deben excluirse los días en los que la autoridad judicial de la Ciudad de México laboró a puert...

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