VISTA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 64, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO. ES INNECESARIO OTORGARLA CON LA CAUSA DE IMPROCEDENCIA QUE ADVIERTA DE OFICIO EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN RELACIÓN CON LA INTERPOSICIÓN DEL AMPARO ADHESIVO.
Texto de la tesis
Hechos: La tercera interesada interpuso amparo adhesivo en un juicio de amparo directo, el cual se sobreseyó, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 182, ambos de la Ley de Amparo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que resulta innecesario que se otorgue la vista a que se refiere el artículo 64, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, cuando se advierta de oficio la actualización de una causa de improcedencia en relación con la interposición del amparo adhesivo, dado que es un medio de defens...
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