PARCELAS EJIDALES. SU DOTACIÓN NO ES EXIGIBLE A LOS PARTICULARES, SINO A LA ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio agrario se demandó la acción plenaria de posesión, no prosperó y se condenó a los demandados a desocupar y entregar la parcela materia de litigio, sin que ello implicara desocupar sus viviendas, sino diversas porciones de terreno inmersas en aquélla. Contra dicha sentencia promovieron juicio de amparo directo en el que argumentaron que el derecho a una vivienda digna no se limita a la porción donde se edifica una casa, sino que además comprende el espacio donde puedan satisfacerse todas las necesidades y que debía dotarse de ese espacio por el tercero interesado. Criterio...
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