IUSera
Registro digital 2025933 · Tesis aislada · 11a. Época · (IV Región)1o.49 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGION, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

PENSIÓN POST MORTEM DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS JUBILADOS FALLECIDOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS (PEMEX). A FALTA DE DESIGNACIÓN EXPRESA DEL DE CUJUS, AQUÉLLOS PODRÁN SELECCIONAR LA QUE MÁS LES CONVENGA O INCLUSO MODIFICAR LA ORIGINALMENTE ELEGIDA, SIEMPRE QUE NO HAYA PRESCRITO ESE DERECHO CONFORME AL ARTÍCULO 516 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (PRESCRIPCIÓN GENÉRICA), Y QUE DEMUESTREN QUE NO TUVIERON CONOCIMIENTO DE LAS DIFERENCIAS EXISTENTES ENTRE LA PENSIÓN SELECCIONADA Y LA QUE DESEAN OBTENER.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un Tribunal Laboral Federal condenó a la demandada al otorgamiento de la pensión post mortem tipo "D" vitalicia a la actora, única y legítima beneficiaria de las prestaciones laborales, legales y extralegales del jubilado fallecido de Petróleos Mexicanos (Pemex), con fundamento en la cláusula 136 del Contrato Colectivo de Trabajo, bienio 2019-2021. Contra esa determinación, dicha empresa promovió juicio de amparo directo, al considerar que era incorrecto otorgar a la beneficiaria ese tipo de pensión, porque existía una petición previa en la que solicitó se le asignara la pensión tipo "...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.