IUSera
Registro digital 2025924 · Tesis aislada · 11a. Época · I.5o.C.41 C (11a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

IMPROCEDENCIA DE LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL. AL TRATARSE DE UN PRESUPUESTO PROCESAL, PUEDE ANALIZARSE DE OFICIO EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO, A PESAR DE HABER SIDO RESUELTA EN AMBAS INSTANCIAS, CUANDO EL ESTUDIO PREVIO NO SE ABORDÓ DE MANERA PROFUSA, POR CONSIDERARSE QUE ATAÑE A CUESTIONES DE FONDO RELACIONADAS CON LOS REQUISITOS DE UN TÍTULO DE CRÉDITO.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Durante la secuela procesal de un juicio ejecutivo mercantil, la parte demandada opuso la excepción de improcedencia de la vía, sustentada en que el pagaré base de la acción estaba sujeto a la condición de que se revocara al actor en un diverso juicio, lo que consideró contrario a la literalidad, autonomía y abstracción del título de crédito. La excepción fue resuelta en el juicio de origen en el sentido de declararla improcedente, porque desde la demanda se hizo referencia al contrato, siendo que el pagaré no pierde su carácter de título ejecutivo por esa cuestión; contra lo anterior,...

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