IUSera
Registro digital 2025861 · Tesis aislada · 11a. Época · (IV Región)1o.41 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGION, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

REINSTALACIÓN DERIVADA DEL OFRECIMIENTO DE TRABAJO. LA NEGATIVA DE LA JUNTA A SEÑALAR FECHA Y HORA PARA LLEVARLA A CABO A SOLICITUD DE LOS TRABAJADORES, ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN CONTRA EL QUE PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, AL AFECTAR SU DERECHO AL MÍNIMO VITAL.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Dos trabajadores promovieron juicio de amparo indirecto en el que reclamaron la negativa de la Junta a señalar fecha y hora para llevar a cabo su reinstalación, derivada del ofrecimiento de trabajo formulado por el patrón; el Juez de Distrito determinó que se actualizaba la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 107, fracción V, ambos de la Ley de Amparo, al considerar que dicho acto constituía una violación de índole procesal que no producía afectación a los derechos sustantivos de los impetrantes. Contra esa determinación interpu...

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