IUSera
Registro digital 2025837 · Tesis aislada · 11a. Época · (IV Región)1o.44 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGION, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR FALLECIDO. LOS ASCENDIENTES TIENEN A SU FAVOR LA PRESUNCIÓN LEGAL DE DEPENDENCIA ECONÓMICA, POR LO QUE LA SUCESIÓN DEL PROGENITOR DE AQUÉL DEBE DECLARARSE COMO BENEFICIARIA CUANDO EL ALBACEA DEMUESTRE EL PARENTESCO ENTRE EL DE CUJUS QUE REPRESENTA Y EL TRABAJADOR FALLECIDO.

Laboral y Seguridad Social Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un procedimiento de declaración de beneficiarios se apersonó la albacea de la sucesión de la madre del trabajador fallecido; a pesar de que demostró dicho albaceazgo, así como el parentesco de su representada con quien fuera el trabajador, la Junta consideró que no le recaía dicho carácter. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede declarar como beneficiaria del trabajador fallecido a la sucesión de uno de sus progenitores, cuando el albacea demuestre el parentesco entre aquél y el de cujus que representa. Justificación: Lo anterior es así, ya que...

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