ACUMULACIÓN DE JUICIOS EN MATERIA LABORAL. SU IMPROCEDENCIA RESPECTO DE LOS TRAMITADOS EN LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Y LOS SUSTANCIADOS ANTE LOS TRIBUNALES LABORALES, NO DEBE LLEVAR A CONCLUIR EL ASUNTO Y ARCHIVARLO CUANDO SE ACTUALICE LA CONEXIDAD (ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019).
Texto de la tesis
Hechos: Un Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales determinó que un asunto de su índice guardaba identidad en las causas, cosas y personas con uno diverso de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, por lo que tuvo por actualizada la figura jurídica de litispendencia; dio por concluido el asunto y ordenó su archivo, dejando a salvo los derechos de los accionantes para que los hicieran valer ante la Junta. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la improcedencia de la acumulación de los juicios tramitados en las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los...
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