IUSera
Registro digital 2025782 · Tesis aislada · 11a. Época · XXX.1o.1 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

SEPARACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE POR LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE PROMUEVAN CONJUNTAMENTE POR DOS O MÁS QUEJOSOS CONTRA UN MISMO ACTO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Varias personas promovieron conjuntamente juicio de amparo indirecto contra idénticos hechos, circunstancias, actos y autoridades. El Juez de Distrito que conoció del asunto ordenó la separación de juicios al estimar que se trataba de distintos quejosos. El Juez de Distrito que recibió la demanda separada no aceptó la competencia declinada al considerar común la afectación de los quejosos. Al insistir el primero en la separación, se planteó el conflicto competencial. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente la separación de juicios de amparo...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.