IUSera
Registro digital 2025704 · Tesis aislada · 11a. Época · III.2o.C.9 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO, EMBARGO Y EMPLAZAMIENTO EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. UN REQUISITO PARA SU LEGALIDAD ES QUE EL FUNCIONARIO ENCARGADO DE PRACTICARLA SE IDENTIFIQUE CON LA PARTE DEMANDADA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1068 BIS DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: En el juicio de amparo indirecto se negó la protección constitucional solicitada porque a consideración del Juez de Distrito, la parte quejosa, demandada en el juicio ejecutivo mercantil de origen, fue emplazada correctamente, al no existir defectos en la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que de la interpretación del artículo 1068 Bis del Código de Comercio, se colige que uno de los requisitos para que la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento en el juicio ejecutivo mercan...

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