AMNISTÍA. CUANDO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE CONDENA AL JUSTICIABLE POR EL DELITO RESPECTO DEL CUAL SE SOLICITA ESTE BENEFICIO SE ENCUENTRA EN EJECUCIÓN, EL CONOCIMIENTO DEL ASUNTO CORRESPONDE AL JUEZ DE EJECUCIÓN PENAL CON COMPETENCIA EN EL CENTRO PENITENCIARIO DONDE SE ENCUENTRA RECLUIDO, Y NO AL JUEZ DEL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo indirecto contra el acuerdo dictado por el Juez del Tribunal de Enjuiciamiento que desechó por notoriamente improcedente la solicitud de amnistía respecto del delito cuya sentencia condenatoria se encuentra en ejecución. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Juez del Tribunal de Enjuiciamiento carece de competencia legal para conocer y resolver la petición de amnistía, porque cuando la sentencia definitiva que condena al justiciable por el delito respecto del cual se solicita el beneficio se encuentra en ejecución,...
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