OMISIÓN LEGISLATIVA. EN EL AMPARO PROMOVIDO EN SU CONTRA NO ES FACTIBLE DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO POR INEXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO, A PARTIR DE ANALIZAR SI LAS AUTORIDADES LEGISLATIVAS TIENEN O NO LA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL DE LEGISLAR SOBRE EL TEMA QUE REFIERE EL QUEJOSO.
Texto de la tesis
Hechos: Se promovió juicio de amparo indirecto contra la omisión legislativa de reformar el artículo 9 del Código Penal del Estado de México para suprimir de su texto los ilícitos que por su naturaleza no están estipulados en el artículo 19, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos, el previsto en el artículo 189 del código invocado, que alude a delitos cometidos por "fraccionadores"; el Juez de Distrito sobreseyó en el juicio, al estimar que era inexistente el acto reclamado, argumentando que no existía mandato constitucional que estableciera,...
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