IUSera
Registro digital 2025675 · Tesis aislada · 11a. Época · I.5o.T.21 L (11a.) · QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO POR TIEMPO DETERMINADO. LA TEMPORALIDAD DE SU NOMBRAMIENTO NO SE JUSTIFICA CON LOS "LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL, MEDIANTE NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OBRA DETERMINADOS", NI CON EL NOMBRAMIENTO EN EL QUE SE ESTABLECE UNA RELACIÓN DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una trabajadora al servicio del Estado que fue despedida de un órgano de la Ciudad de México demandó su reinstalación en el puesto que desempeñaba, entre otras prestaciones. El patrón negó el despido y argumentó que la actora prestó sus servicios mediante un nombramiento por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinada, otorgado de acuerdo con los "Lineamientos para el Programa de Estabilidad Laboral, mediante nombramiento por tiempo fijo y prestación de servicios u obra determinados", para cubrir una plaza por un periodo improrrogable previamente definido y sujeto a un pre...

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