IUSera
Registro digital 2025609 · Tesis aislada · 11a. Época · XXXII.2 P (11a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. AL REALIZAR EL CÓMPUTO DEL PLAZO RELATIVO, LA PERSONA JUZGADORA DEBE ATENDER A LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR INMERSAS EN LA CONSIGNACIÓN QUE REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO AL EJERCER ACCIÓN PENAL Y NO A LOS HECHOS Y ACTUACIONES DERIVADOS DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COLIMA ABROGADA).

Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Diversos quejosos (víctimas u ofendidos del delito) promovieron juicio de amparo directo contra la sentencia de una Sala Penal del Estado de Colima en la que confirmó la emitida por el Juez de la causa que declaró extinguida la acción penal al considerar que operó la prescripción del delito y, por ende, el sobreseimiento en la causa, en favor de las personas imputadas. En dicha resolución la Sala responsable precisó las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la ejecución del hecho con apariencia de delito atendiendo a los hechos y actuaciones que derivan de la averiguación previa, n...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.