IUSera
Registro digital 2025574 · Tesis aislada · 11a. Época · III.3o.P.11 P (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

DELITO DE VIOLACIÓN. PARA CONFIGURAR LA VIOLENCIA FÍSICA QUE EXIGE EL TIPO PENAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 175 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO, DEBE EXCLUIRSE LA IDEA TRADICIONAL RELATIVA A QUE EL AGRESOR DEBE EJERCER ALGUNA FUERZA Y LA VÍCTIMA OPONER RESISTENCIA.

Penal Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La Sala responsable revocó el auto de no vinculación a proceso decretado por el Juez de Control a favor del quejoso por el delito de violación previsto en el artículo 175 del Código Penal para el Estado de Jalisco. Inconforme, promovió juicio de amparo indirecto, en el cual se le negó la tutela constitucional solicitada, por lo que interpuso recurso de revisión en el que alegó que, conforme a las reglas de la lógica, no es posible que si le imputan que él y la víctima acudieron a comer a un restaurante en donde ambos ingirieron bebidas alcohólicas, lo que hizo que ella perdiera la cons...

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