IMPUESTO PARA EL SOSTENIMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES DE SONORA Y CONTRIBUCIONES PARA EL CONSEJO ESTATAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA Y PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA. EL ARTÍCULO 1O., APARTADO 1, INCISO 18, SUBINCISOS 01, 02 Y 03, DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2020 Y LOS DIVERSOS 246, FRACCIÓN I, 249, 292 BIS Y 289 DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE SONORA QUE LOS PREVÉN, VIOLAN EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
Texto de la tesis
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo indirecto contra los artículos 1o., apartado 1, inciso 18, subincisos 01, 02 y 03, de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2020 y 246, fracción I, 249, 292 Bis y 289 de la Ley de Hacienda, ambas del Estado de Sonora, los cuales establecen el impuesto para el sostenimiento de las universidades de Sonora, las contribuciones para el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública y para el fortalecimiento de la infraestructura educativa, al estimar que la base para calcular dichos impuestos (15 %...
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