IUSera
Registro digital 2025526 · Tesis aislada · 11a. Época · I.6o.C.3 C (11a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES. PARA CONSTITUIR EL TÍTULO EJECUTIVO QUE HAGA PROCEDENTE LA ACCIÓN EJECUTIVA CIVIL PARA EL PAGO DE LOS ADEUDOS POR CONCEPTO DE CUOTAS RELATIVAS, DEBE EXHIBIRSE EL ACTA DE ASAMBLEA DE CONDÓMINOS QUE CONTENGA LAS CUOTAS ESTABLECIDAS PREVIAMENTE A SU EXIGIBILIDAD Y NO UNA EN QUE, CON POSTERIORIDAD A LOS PERIODOS RECLAMADOS, SE RECONOZCAN, POR NO SER ACORDE CON LOS PRECEPTOS QUE REGULAN DICHO TÍTULO (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ejecutivo civil el Juez de origen tuvo por conformado el título ejecutivo previsto en los artículos 59 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles y 443, fracción IX, del Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal (aplicables para la Ciudad de México), con un acta de asamblea en el que se reconocieron cuotas de un condominio de periodos previos y condenó a su pago. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para constituir el título ejecutivo que haga procedente la acción ejecutiva civil para el pago de adeudos por conc...

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