RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA LA OMISIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DE TRAMITAR Y REMITIR UN DIVERSO RECURSO AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO PARA SU RESOLUCIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: En diversos juicios de amparo indirecto los quejosos interpusieron recursos de queja y de revisión; el Juez de Distrito omitió tramitarlos y enviarlos al Tribunal Colegiado de Circuito dentro del plazo legal y contra esa omisión interpusieron el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que contra la omisión del Juez de Distrito de tramitar y remitir un recurso al Tribunal Colegiado de Circuito para su resolución, procede el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracci...
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