IUSera
Registro digital 2025518 · Tesis aislada · 11a. Época · XI.2o.C.1 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.

PRUEBA DE INSPECCIÓN EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL OFERENTE NO TIENE OBLIGACIÓN DE TRASLADAR AL PERSONAL DEL JUZGADO PARA SU DESAHOGO, PORQUE ESA CARGA ATENTA CONTRA EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 14 Y 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 8, NUMERAL 1, DE LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, EN SU VERTIENTE DE GRATUIDAD EN LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil la parte demandada ofreció prueba de inspección judicial con la finalidad de justificar sus excepciones y defensas; sin embargo, no se desahogó dicho medio de convicción, porque el oferente no compareció ante el juzgado para trasladar al personal para que tuviera verificativo la diligencia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el oferente de la prueba de inspección en el juicio ejecutivo mercantil no tiene la obligación de trasladar al personal del juzgado para su desahogo, porque esa carga atenta contra el derecho a la t...

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