IUSera
Registro digital 2025493 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 105/2022 (11a.) · Primera Sala

EMPLAZAMIENTO. EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EL ACTUARIO O NOTIFICADOR DEBE CORRER TRASLADO AL DEMANDADO CON LA COPIA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES Y DE LA CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN, COMO PARTE DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados sostuvieron criterios distintos al analizar si, conforme al artículo 1061, fracción V, del Código de Comercio, el actuario o notificador en un juicio ejecutivo mercantil debía o no hacer entrega a la parte demandada de las copias del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y de la Clave Única de Registro de Población (CURP) exhibidas con la demanda. Criterio jurídico: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que, al tratarse del emplazamiento en un juicio ejecutivo mercantil, el actuario o notificador deben correr traslado de la...

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