IUSera
Registro digital 2025484 · Jurisprudencia · 11a. Época · X.1o.T. J/3 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DECIMO CIRCUITO.

CONSTANCIA DE NO CONCILIACIÓN PREJUDICIAL. PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR LOS TRIBUNALES LABORALES CUANDO AL SER VARIOS LOS DEMANDADOS, EL ACTOR SÓLO ACOMPAÑA A SU DEMANDA LA RELATIVA A UNO O ALGUNOS DE ÉSTOS.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Un trabajador demandó de varios patrones el cumplimiento de diversas prestaciones con motivo del despido que adujo fue injustificado; no obstante, a su demanda únicamente adjuntó la constancia de no conciliación prejudicial respecto de uno de los demandados. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para iniciar un juicio laboral es necesario que el actor acompañe a su demanda, salvo las excepciones que prevé la ley, la constancia de no conciliación expedida por la autoridad competente; sin embargo, en los casos en que sean varios los demandados y a dicho ocu...

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