IUSera
Registro digital 2025436 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 51/2022 (11a.) · Segunda Sala

PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. SE ACTUALIZA EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN PARA OFRECERLAS PREVISTO EN EL ARTÍCULO 75, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTA EN EL ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA UN CONVENIO CELEBRADO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 987 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes divergieron en torno a si cuando en amparo indirecto se impugna el acuerdo por el que se aprueba un convenio celebrado en términos del artículo 987 de la Ley Federal del Trabajo, el quejoso puede o no ofrecer pruebas con fundamento en el artículo 75, párrafo segundo, de la Ley de Amparo. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el supuesto de excepción para ofrecer pruebas en el juicio de amparo, previsto en el artículo 75, párrafo segundo, de la ley de la materia, se actualiza cuan...

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