IUSera
Registro digital 2025398 · Jurisprudencia · 11a. Época · XXVIII.1o. J/1 L (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO OCTAVO CIRCUITO.

SECRETARIO INSTRUCTOR. CARECE DE FACULTADES PARA EMITIR RESOLUCIONES QUE RESUELVAN EN DEFINITIVA EL PROCEDIMIENTO LABORAL O LO DEN POR CONCLUIDO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: En varios asuntos, la parte actora demandó diversas prestaciones de carácter laboral. El secretario instructor del Tribunal Laboral desechó la demanda y ordenó el archivo del asunto en un caso y en los otros se declaró incompetente para conocer y resolver éstos, lo que originó un conflicto competencial. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el secretario instructor del Tribunal Laboral carece de facultades para emitir resoluciones que resuelvan en definitiva el procedimiento o lo den por concluido. Justificación: Lo anterior es así, porque de la interpret...

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