IUSera
Registro digital 2025394 · Jurisprudencia · 11a. Época · PC.XIX. J/1 L (11a.) · PLENO DEL DECIMONOVENO CIRCUITO.

PROCEDIMIENTO LABORAL BUROCRÁTICO. AL NO ESTAR PREVISTA LA ETAPA DE CONCILIACIÓN EN LA LEY DEL TRABAJO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, ES IMPROCEDENTE DECRETARLA, SIENDO INAPLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE MAYO DE 2019.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones diferentes al analizar si en un juicio burocrático en el Estado de Tamaulipas, se debe considerar o no como violación procesal la omisión de realizar una etapa de conciliación, aun cuando no está prevista en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado, de la citada entidad federativa. Criterio jurídico: El Pleno del Decimonoveno Circuito determina que no existe violación procesal al no desahogarse una etapa de conciliación en el procedimiento burocrático estatal y, por tanto, no procede la aplicaci...

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