IUSera
Registro digital 2025362 · Tesis aislada · 11a. Época · II.4o.P.10 P (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

IMPROCEDENCIA MANIFIESTA E INDUDABLE DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. NO SE ACTUALIZA CUANDO EL QUEJOSO RECLAMA ACTOS DE INCOMUNICACIÓN EN EL CENTRO DE RECLUSIÓN EN EL QUE SE ENCUENTRA, POR LA CIRCUNSTANCIA DE QUE HAYA FIRMADO Y PRESENTADO SU DEMANDA POR PROPIO DERECHO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El quejoso, persona en reclusión, presentó demanda de amparo indirecto por propio derecho y alegó, en términos del artículo 15 de la ley de la materia, que sufre actos de incomunicación. El Juez de Distrito determinó que como el promovente había firmado la demanda, no se advertía que estuviera incomunicado, motivo por el cual la desechó de plano con respecto a ese acto reclamado, al considerar actualizada de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los diversos 6o. y 15, todos de la Ley de Amparo. Criterio juríd...

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