RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA OMISIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DE PRONUNCIARSE SOBRE LA SUSPENSIÓN DE PLANO DE LOS ACTOS RECLAMADOS, COMO CONSECUENCIA DEL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA.
Texto de la tesis
Hechos: Se promovió juicio de amparo indirecto y se solicitó la suspensión de plano de los actos reclamados; al estimar actualizada de forma manifiesta e indudable una causa de improcedencia el Juez de Distrito desechó la demanda, por lo que contra ese acto y la omisión de pronunciarse sobre la suspensión de plano se interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, promovido contra la omisión del Juez de Distrito de pronunciarse sobre la suspensión de plan...
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