IUSera
Registro digital 2025285 · Tesis aislada · 11a. Época · XVIII.2o.P.A.3 K (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA OMISIÓN DEL JUEZ DE DISTRITO DE PRONUNCIARSE SOBRE LA SUSPENSIÓN DE PLANO DE LOS ACTOS RECLAMADOS, COMO CONSECUENCIA DEL DESECHAMIENTO DE LA DEMANDA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se promovió juicio de amparo indirecto y se solicitó la suspensión de plano de los actos reclamados; al estimar actualizada de forma manifiesta e indudable una causa de improcedencia el Juez de Distrito desechó la demanda, por lo que contra ese acto y la omisión de pronunciarse sobre la suspensión de plano se interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el recurso de queja previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, promovido contra la omisión del Juez de Distrito de pronunciarse sobre la suspensión de plan...

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