IUSera
Registro digital 2025239 · Jurisprudencia · 11a. Época · I.4o.P. J/1 P (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA POR "DELITOS COMETIDOS CON MEDIOS VIOLENTOS COMO ARMAS Y EXPLOSIVOS". ES UNA HIPÓTESIS CONSTITUCIONAL QUE REQUIERE SER DESARROLLADA POR EL LEGISLADOR, PREVIAMENTE A SU APLICACIÓN POR LOS JUECES.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Diversos quejosos promovieron juicios de amparo indirecto, uno de ellos en contra de una orden de aprehensión y otros de autos de vinculación a proceso e imposición de medida cautelar en los que las autoridades responsables consideraron que los hechos delictuosos ameritan prisión preventiva oficiosa por haberse cometido con medios violentos, conforme al artículo 19 de la Constitución General. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la expresión "delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos", es una hipótesis constitucional que requiere ser...

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