IUSera
Registro digital 2025192 · Tesis aislada · 11a. Época · VIII.1o.C.T.13 C (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO.

MENORES DE EDAD. EL AUTO QUE PREVIENE A LOS PROGENITORES QUE PROMUEVEN EL JUICIO DE AMPARO EN SU REPRESENTACIÓN PARA QUE ACREDITEN SU FILIACIÓN, BAJO EL APERCIBIMIENTO DE TENER POR NO PRESENTADA LA DEMANDA, DESATIENDE EL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El auto que previene a los progenitores para que acrediten la filiación de los hijos menores de edad respecto de los cuales se promueve el juicio de amparo en su representación, bajo el apercibimiento de tener por no presentada la demanda, desatiende el derecho de acceso a la justicia previsto en los artículos 1o., 4o. y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como las reglas de actuación en materia familiar, en relación con menores de edad en cuanto a la "presentación de la demanda ante Juez competente", que fijó el "Protocolo de Actuación para quienes Imparten Jus...

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