CONTRATO DE SEGURO. CUANDO EXISTE EVIDENCIA DE QUE LOS PADECIMIENTOS DEL ASEGURADO QUE CULMINARON EN LA DECLARATORIA DE ESTADO DE INVALIDEZ DEFINITIVO, TOTAL Y PERMANENTE, INICIARON EN UNA FECHA ANTERIOR A LA QUE SE SEÑALA EN EL DICTAMEN EMITIDO POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS), DEBE ATENDERSE A AQUÉLLA PARA EFECTUAR EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA HACER EXIGIBLE LA PÓLIZA RELATIVA.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio especial hipotecario la actora reclamó el vencimiento anticipado del crédito hipotecario, por falta de pago de las amortizaciones pactadas en el contrato base de la acción. Al contestar la demanda, la parte demandada se excepcionó con base en el argumento de que si incurrió en esa omisión fue debido a su estado de salud, por lo que, en esa hipótesis, procede hacer efectivo el seguro que se contrató para garantizar el pago del crédito por actualizarse el siniestro consistente en la declaratoria de estado de invalidez total y definitivo, emitida por el Instituto Mexicano del...
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