IUSera
Registro digital 2025137 · Jurisprudencia · 11a. Época · V.2o.P.A. J/3 K (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA ACTOS DE UN JUEZ DE DISTRITO. CORRESPONDE AL HOMÓLOGO MÁS CERCANO AL DECLINANTE, CONSIDERANDO LA DISTANCIA EXISTENTE ENTRE LAS CIUDADES EN LAS QUE RESIDEN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, EN RELACIÓN CON LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN DE USO MÁS FRECUENTE Y GENERALIZADO ENTRE ÉSTAS.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Al advertir que fue señalado como autoridad responsable, el Juez de Distrito que previno en el conocimiento de la demanda estimó que se actualizaba la regla especial contenida en el artículo 38 de la Ley de Amparo y que, por tanto, la competencia para conocer del juicio de amparo indirecto se surtía en favor de su homólogo más cercano de la misma materia o no especializado; asimismo, conforme al Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República M...

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