IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO POR FALTA DE INTERÉS JURÍDICO. NO SE ACTUALIZA DE FORMA MANIFIESTA E INDUDABLE PARA DESECHAR DE PLANO LA DEMANDA, CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES LA OMISIÓN DEL TRIBUNAL DE ALZADA DE HACER EXTENSIVOS –EN FAVOR DEL QUEJOSO QUE NO APELÓ LA RESOLUCIÓN RECURRIDA– LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE APELACIÓN QUE REVOCÓ EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO SÓLO POR LO QUE HACE AL COIMPUTADO QUE INTERPUSO EL RECURSO.
Texto de la tesis
Hechos: El Juez de Distrito desechó de plano la demanda de amparo indirecto en la que se reclamó la omisión del Tribunal de Alzada de hacer extensivos –en favor de los quejosos que no apelaron– los efectos de la resolución emitida al resolver el recurso de apelación contra el auto de vinculación a proceso interpuesto por uno de sus coimputados (en la que se revocó la vinculación a proceso), ya que estimó actualizada de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia por falta de interés jurídico, en virtud de que el medio de impugnación se interpuso por una persona diversa a los quejos...
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