DEMANDA DE AMPARO DIRECTO. EL PLAZO PARA SU PROMOCIÓN CUANDO SE RECLAMA LA SENTENCIA DE RECONOCIMIENTO, GRADUACIÓN Y PRELACIÓN DE CRÉDITOS EMITIDA EN UN JUICIO DE LIQUIDACIÓN JUDICIAL POR ALGUNO DE LOS ACREEDORES RECONOCIDOS, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN POR MEDIO DE LISTA EFECTUADA POR EL JUZGADO QUE LA DICTÓ.
Texto de la tesis
Hechos: Un acreedor reconocido en la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos, emitida en un juicio de liquidación judicial, promovió demanda de amparo directo contra dicha resolución, aduciendo que tuvo conocimiento del acto reclamado en la fecha en que el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) lo publicó en su página oficial. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el plazo para la promoción de la demanda de amparo directo, cuando se reclama la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos emitida en un jui...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.