IUSera
Registro digital 2025075 · Tesis aislada · 11a. Época · III.1o.C.1 C (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

USURA. EL TRIBUNAL DE APELACIÓN NO ESTÁ FACULTADO PARA ANALIZARLA DE OFICIO, SI EL DEMANDADO, QUIEN FUE CONDENADO AL PAGO DE INTERESES DERIVADOS DE UN CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO, NO INTERPUSO EL RECURSO DE APELACIÓN.

Financiero y Bancario Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La parte actora en un juicio ejecutivo mercantil obtuvo condena al pago de capital, intereses ordinarios y moratorios, así como gastos y costas, derivados de un contrato de apertura de crédito, al considerar que debía ampliarse la temporalidad de la generación de los intereses ordinarios, e interpuso recurso de apelación. El tribunal de alzada estimó fundado el agravio hecho valer pero, además, estudió de oficio los intereses ordinarios y moratorios y resolvió que los últimos eran usurarios, de modo que determinó su reducción. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito dete...

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