EMBARGO DE CUENTAS BANCARIAS. EL PRACTICADO SOBRE AQUELLAS EN LAS QUE EXISTA PLURALIDAD DE TITULARES, NO LE GENERA AFECTACIÓN AL RESTO DE LOS COTITULARES NO DEMANDADOS, CUANDO EN SU CONTRATACIÓN SE HAYA OPTADO POR UN RÉGIMEN DE SOLIDARIDAD, QUE LES PERMITA DISPONER TOTAL O PARCIALMENTE DE MANERA INDISTINTA DE LOS RECURSOS.
Texto de la tesis
Hechos: La quejosa, como tercera extraña al juicio, reclamó la determinación que decretó la ampliación de embargo en bienes y la orden de girar oficios a las instituciones de crédito para inmovilizar los fondos existentes en cuentas bancarias hasta por la cantidad determinada; orden que se ejecutó en una cuenta respecto de la cual es cotitular junto con su esposo demandado. Este último fue quien suscribió el contrato de apertura de la cuenta bancaria, designando a la solicitante del amparo como cotitular. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el embargo de cuenta...
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